Si se ha separado recientemente, es importante que notifique judicialmente el cese de la convivencia. Esto tiene por objeto hacer correr el plazo del año o tres años necesarios para tramitar el divorcio, de modo que una vez transcurrido el plazo, puede solicitarse el divorcio sin ningún problema de prueba. Esta notificación debe hacerse con o sin el acuerdo de los cónyuges. Nuestros abogados pueden representarlo en esta importante gestión.
Si se casó después del 18 de noviembre del 2004, es obligatorio hacerlo.
Otras alternativas que tiene, si es que todavía no cumple con el plazo para tramitar el divorcio son, es que regule en forma acordada el tema de los menores (tuición, visitas y alimentos) mediante una transacción aprobada por el juez o bien puede demandarse esta regulación por medio de una acción judicial. Esto sirve para darle estabilidad y fijeza a todos los temas relacionados con los menores (si es que los hay). Esta gestión también le sirven para que empiece a correr el plazo del cese de la convivencia.